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4. DE LA CONTABILIDAD Y LA PUBLICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, INFORMES E INDICADORES

 

VINETA4.1

Circular Nº HSB-011-02-4836 del 25/07/1985. Tratamiento contable aplicado a las acciones recibidas como dividendos.

VINETA4.2

Resolución Nº 176.95 del 26/12/1995, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 35.030 del 28/12/1995. Establecimiento de las normas para la elaboración de los estados financieros consolidados y/o combinados, de los grupos financieros.

VINETA4.3

Circular Nº SBIF-SBA-3126 del 08/08/1996. Con alcance a la Resolución Nº 176.95 de fecha 26/12/1995, se informa que se deberán identificar y explicar cada uno de los ajustes, reclasificaciones y eliminaciones de partidas recíprocas o de transacción intragrupo, a las cuales hace referencia el punto 3 del artículo 4 de la citada Resolución.

VINETA4.4

Resolución Nº 395.97 del 29/08/1997, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 36.284 del 04/09/1997. Se autoriza a los Bancos, Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo obligados a ello, a publicar los estados financieros auditados al 30 de junio y 31 de diciembre, con las notas correspondientes y el dictamen de los auditores externos, dentro de los noventa (90) días continuos siguientes al cierre semestral; en un órgano de difusión emitido por la Asociación Bancaria de Venezuela y la Federación Venezolana de Entidades de Ahorro y Préstamo.

VINETA4.5

Circular Nº SBIF-CJ-GOI-GT-7801 del 05/11/1998. Solicitud de los Estados Financieros a los Bancos en Régimen Especial de Intervención o Estatificación, correspondiente a los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 1998; así como, de los meses sucesivos, conforme con las especificaciones indicadas en esta Circular y deberán ser dirigidos a la Gerencia de Organización e Informática.

VINETA4.6

Resolución Nº 198 del 17/06/1999, Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.726 del 18/06/1999. Se establece entre otros aspectos:

  • Diferir el registro del ajuste por inflación en los libros legales de los Bancos y Otras Instituciones Financieras hasta el 1° de enero del año 2000.
  • Aquellas normas de contabilidad emitidas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, cuyo efecto sobre los estados financieros del sistema bancario sea de mayor prudencia y conservatismo que los pronunciamientos contables de uso en otras empresas, se consideran Principios de Contabilidad de Aceptación General (PCAG) para el sistema bancario.
  • Los informes de sus contadores públicos independientes deberán presentarse sin salvedades.
  • Se modifican los porcentajes mínimos de adecuación patrimonial.
  • Cumplimiento de los porcentajes de adecuación patrimonial establecidos en la citada Resolución.
  • Tratamiento de Inversiones.
  • Tratamiento de la provisión para la Cartera de Créditos.
  • Formas, plazos de presentación de los estados financieros.
  • Tratamiento de Bienes Recibidos.
  • Impuesto sobre la Renta diferido.

 

VINETA4.7

Circular Nº SBIF-GT-DEST-8554 del 22/09/1999. Se remite formato modificado correspondiente a los indicadores financieros, que deberán ser presentados por las Instituciones Financieras trimestralmente en forma impresa anexo al Balance de Publicación.

VINETA4.8

Resolución Nº 329.99 del 28/12/1999, Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.859 de fecha 29/12/1999. Se establece entre otros aspectos:

  • Las Instituciones Financieras regidas por el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, no adoptarán la práctica contable del ajuste por inflación como metodología aplicable.
  • Deberán efectuar el apartado del 50% de los resultados acumulados a Superávit Restringido.
  • Remisión de los Estados Financieros ajustados por inflación como información complementaria.

 

VINETA4.9

Circular Nº SBIF-GTNP-DNP-9987 del 15/11/2002. Lineamientos que complementan el tratamiento contable que deben seguir las Instituciones Financieras que participen en el proceso de canje de los bonos de deuda pública nacional.

VINETA4.10

Circular Nº SBIF-GTNP-DNP-9990 del 18/11/2002. Con alcance a la Circular N° SBIF-GTNP-DNP-9987 del 15/11/2002, se informa que los lineamientos establecidos sobre el tratamiento contable que deben seguir las instituciones financieras que participen en el proceso de canje de los bonos de deuda pública nacional, también les son aplicables a las Inversiones en Títulos Valores mantenidas en los Fideicomisos.

VINETA4.11

Resolución Nº 092.07 del 28/03/2007, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.688 del 22/05/2007. Se instruye a las Instituciones Financieras transferir a la cuenta de pasivo 218.00 “Derechos y participaciones sobre títulos o valores” del Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo, los saldos de los derechos y participaciones sobre las inversiones en títulos o valores cedidas al público, que mantengan contabilizados al 31 de marzo de 2007, en las cuentas de activo, en el grupo 120 “Inversiones en títulos valores”.

VINETA4.12

Circular Nº SBIF-DSB-II-GGTE-08518 del 29/05/2007. A los fines de la correcta aplicación de la Resolución 092.07 de fecha 29 de mayo de 2007, se establece el 1º de junio de 2007, como la fecha de la primera transferencia a las cuentas de pasivo de los saldos de los derechos y participaciones sobre las inversiones cedidas al público que mantengan contabilizados al 31 de mayo de 2007 en las cuentas de activo.

VINETA4.13

Resolución Nº 273.08 del 21/10/2008, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.053 del 06/11/2008. Se establece la fecha de presentación semestral de los estados financieros consolidados o combinados de acuerdo con las VEN-NIF, como información complementaria, en los términos que en ella se indican.

VINETA4.14

Circular N° SBIF-DSB-II-GGTE-GNP-06459 del 04/05/2009. Lineamientos a ser considerados por las Instituciones Financieras para el cumplimiento del plazo máximo de permanencia establecido para las inversiones en títulos valores disponibles para la venta.

VINETA4.15

Resolución Nº 305.09 del 09/07/2009, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.230 del 29/07/2009. Se Modifican y actualizan las Normas para Determinar la Relación Patrimonio sobre Activos y Operaciones Contingentes, aplicando Criterios de Ponderación con Base en Riesgo.

VINETA4.16

Resolución Nº 059.10 del 29/01/2010, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.357 del 29/01/2010. Se establece regular la aplicación de los beneficios netos originados en las instituciones financieras por el desplazamiento de la tasa de cambio controlada.

VINETA4.17

Resolución Nº 227.10 del 06/05/2010, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.425 del 17/05/2010. Alcance a la Resolución N° 273.08 del 21 de octubre de 2008 relativa a la fecha de presentación semestral de los estados financieros consolidados o combinados de acuerdo con las normas VEN-NIF, como información complementaria.

VINETA4.18

Circular N° SBIF-II-GGNR-GNP-08555 del 14/06/2010, Excepción regulatoria, en cuanto a la solicitud de autorización prevista en el Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Instituciones Financiera y Entidades de Ahorro y Préstamo, específicamente cuando se trate de la enajenación de títulos de la deuda pública nacional en moneda extranjera , emitidos por la República o sus Entes Descentralizados o por cualquier otro Ente que sean vendidos por circunstancias distintas a las indicadas en dicho Manual.

VINETA4.19

Circular N° SBIF-GGR-GNP-10505 del 09/07/2010. Registro contable del beneficio neto originado por la valoración de los activos y pasivos en moneda extranjera.

 



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